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Hacienda facilita los aplazamientos


Se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía en el caso de aplazamiento o fraccionamiento.

El nuevo límite es de 18.000 euros frente a los 6.000 euros anteriores. La orden EHA/1030/2009, de 23 de abril, eleva el límite de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 18.000 frente a los actuales 6.000 euros.

Esta norma se aplicará a las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago de las deudas de derecho público gestionadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y, por los órganos u organismos de la Hacienda Pública Estatal.

No se exigirán garantías para las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago de las deudas cuando su importe en conjunto no exceda de 18.000 euros y se encuentren tanto en período voluntario como en período ejecutivo de pago, sin perjuicio del mantenimiento, en este último caso, de las trabas existentes sobre bienes y derechos del deudor en el momento de la presentación de la solicitud.

Fuente: difusionjuridica.es