Violador del Eixample: Derecho Penal un Juzgado de Barcelona no considera necesaria la prisión preventiva de este delincuente reincidente.
Incomprensiblemente, habla de una supuesta reincidencia de los delincuentes sexuales. Y ello a pesar de que en la práctica, tal reincidencia en este tipo de delincuencia está más que comprobada.
El auto fechado hoy mismo y dictado por el Juzgado de lo Penal nº 3 de los de Barcelona deniega la adopción de la medida cautelar instada por el Ministerio Fiscal, alegando que la adopción de la medida interesada supondría adelantar de facto la firmeza del fallo sin esperar al pronunciamiento del órgano competente. (La sentencia condenatoria está en apelación).
Por más que al parecer exista (dice la resolución judicial), en la sociedad una preocupación por la supuesta reincidencia delictiva de los delincuentes sexuales y la necesidad de implementar otras medidas coactivas adicionales a las existentes que den mejor protección a los bienes jurídicos de las victimas, el actual ordenamiento no puede torcerse para responder a aquella.
Fuente Información; Difusión Jurídica |